¿Cómo afecta la nueva clasificación CNAE-2025 a tu empresa?
El Real Decreto 10/2025, publicado en el BOE, aprueba la nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025). Esta actualización, que no se realizaba desde 2009, responde a la necesidad de incorporar nuevos códigos para sectores cada vez más relevantes, especialmente aquellos relacionados con la digitalización.
Sin embargo, hay una cuestión que ha tomado por sorpresa a muchas asesorías y despachos profesionales: es obligatorio comunicar los nuevos códigos a los sujetos responsables de la obligación de ingresos de cuotas.
¿Qué son los códigos CNAE?
Los códigos CNAE son un sistema utilizado en España para clasificar las actividades económicas que realizan las empresas y los autónomos.
Este sistema facilita la organización y clasificación de las actividades, lo que permite a las administraciones públicas y organismos gestionar y controlar de manera más eficiente las actividades económicas del país.
Una de las funciones más importantes de los códigos CNAE es su uso por parte de la Seguridad Social, ya que estos códigos permiten determinar las bases de cotización y las tarifas de primas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, según el nivel de riesgo asociado a cada actividad económica.
La actualización de los códigos CNAE tiene como objetivo adaptarse a las nuevas realidades del mercado, permitiendo una mejor organización y gestión de las actividades económicas.
De esta forma, se facilita la afiliación a la Seguridad Social y se asegura que todos los sectores emergentes y en crecimiento estén correctamente representados en el sistema.
¿Cómo es el CNAE-2025?
El CNAE-2025 mantiene la estructura de 99 grupos en los que se clasifican las actividades económicas, pero con una serie de novedades que permiten una mayor precisión y adaptación a las realidades actuales del mercado.
Algunos de los cambios más destacados son:
Nuevas clases profesionales: Se incorporan actividades específicas como las relaciones públicas y la comunicación, que reflejan el auge de los sectores relacionados con la digitalización.
Incorporación de nuevos sectores: Se añaden nuevas actividades, por ejemplo, de promoción inmobiliaria, adaptándose a las necesidades de un mercado inmobiliario más dinámico y enfocado en nuevas formas de inversión y comercialización.
¿Cuándo se deben actualizar los códigos CNAE?
La actualización de los códigos CNAE se debe realizar en función de cuándo se haya registrado la actividad:
Los Registros comunicados antes del 16 de enero de 2025 tendrán hasta el 30 de junio de 2025 para actualizar sus códigos al formato CNAE-2025.
Los Registros comunicados a partir del 16 de enero de 2025 deberán incluir la nueva codificación CNAE-2025 en el momento de su registro.
Así viene recogido en la Disposición adicional única sobre la obligación de comunicación de la codificación de la actividad económica, que señala también que:
“Los sujetos responsables indicados en los párrafos anteriores deberán comunicar, igualmente, la codificación de la variable actividad económica según la CNAE-2009 para el periodo de tiempo que transcurra entre la entrada en vigor de este real decreto y la entrada en vigor de la legislación de la Seguridad Social que establezca la tarifa de primas para la cotización al sistema de la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales adaptada a la CNAE-2025”.
¿Deben todas las empresas comunicar el nuevo código CNAE 2025?
Según el Boletín RED 2/2025, las empresas deberán comunicar el código CNAE-2025 correspondiente a cada Código de Cuenta de Cotización (CCC) afectado.
Para facilitar este proceso en marzo se habilitará una nueva funcionalidad en el Sistema RED que permitirá consultar los posibles códigos CNAE-2025 aplicables a cada CCC, según su actual CNAE-2009 y seleccionar el código CNAE-2025 correcto dentro de las opciones disponibles.
Casos en los que SÍ es obligatorio comunicar el CNAE-2025:
• CCC en alta a 3 de marzo de 2025: se habilitará la funcionalidad para elegir el código CNAE-2025 aplicable.
• CCC asignados o que reinicien actividad a partir del 4 de marzo de 2025: será obligatorio comunicar tanto el código CNAE-2009 como el CNAE-2025.
• CCC con un código CNAE-2009 que se desglosa en varios CNAE-2025: la empresa deberá informar a la TGSS del código CNAE-2025 correspondiente.
Casos en los que NO es necesario comunicar el CNAE-2025:
• Si el código CNAE-2009 de un CCC se corresponde con un único CNAE-2025, la TGSS lo asignará automáticamente, sin necesidad de comunicación por parte de la empresa.
La TGSS informará sobre los CCC que requieren la comunicación del nuevo código CNAE 2025, en las últimas semanas de febrero la TGSS enviará un correo electrónico a cada Autorización RED con un enlace para acceder a una base de datos en formato Excel.
Para los CCC cuya CNAE 2009 corresponda con un único valor en la CNAE 2025 se enviará un Excel con la relación de estos CCC y no será necesario realizar ninguna comunicación, ya que la TGSS asignará automáticamente el nuevo código CNAE 2025.
Para los CCC cuya CNAE 2009 se desglosa en varios códigos CNAE 2025 se enviará un Excel con la relación de estos CCC y se incluirá la información de los posibles valores CNAE 2025 para que la empresa realice la comunicación obligatoria antes del 30 de junio de 2025. Es muy importante que las empresas revisen estos emails y realicen las gestiones necesarias.
Quedamos a su disposición para cuantas aclaraciones necesiten al respecto.