VENTANILLA ÚNICA DIGITAL DE ARRENDAMIENTOS

A partir del 1 de julio de 2025, entra en vigor una nueva obligación para quienes alquilan viviendas de corta duración en España: el registro en la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos (VUDA). Esta medida, impulsada por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, busca mejorar la transparencia, trazabilidad y legalidad del mercado del alquiler turístico y temporal. 

 ## ¿Qué es la VUDA? 

 La VUDA es una plataforma estatal que centraliza la recogida y el intercambio de datos sobre alquileres de corta duración, como viviendas turísticas, apartamentos vacacionales o arrendamientos por semanas o meses. Su objetivo es: 

- Garantizar la transparencia del mercado. 

- Facilitar el control fiscal y urbanístico. 

- Proteger el derecho al acceso a la vivienda. 

- Combatir el fraude y la economía sumergida. 

 ## ¿A quién afecta? 

 Están obligados a registrarse: 

- Propietarios particulares que alquilen viviendas por días, semanas o temporadas. 

- Empresas o gestores inmobiliarios que intermedien en alquileres turísticos. 

- Plataformas digitales (como Airbnb, Booking, Vrbo), que deberán verificar que cada anuncio incluya un Número de Registro de Alquiler (NRA) válido. 

No están obligados: 

- Contratos de larga duración (más de un año). 

- Alquiler de habitaciones dentro de una vivienda habitual. 

- Viviendas destinadas a residencia permanente. 

## ¿Qué pasa si no te registras? 

No cumplir con esta obligación puede conllevar: 

- Sanciones económicas. 

- La retirada de anuncios en plataformas digitales si no incluyen el NRA. 

- Pérdida de visibilidad y confianza en el mercado. 

## ¿Cuándo entra en vigor? 

- El sistema estará disponible desde el 2 de enero de 2025. 

- El registro será obligatorio a partir del 1 de julio de 2025. 

Este periodo de transición permite a propietarios y plataformas adaptarse a los nuevos requisitos. 

## Cómo registrarse paso a paso 

Aquí tienes una guía clara para obtener tu Número de Registro de Alquiler (NRA) :

### 1. Reúne la documentación necesaria

Antes de iniciar el trámite, asegúrate de tener: 

- Referencia catastral del inmueble. 

- Dirección exacta. 

- Tipo de uso (vivienda completa o por habitaciones). 

- Número máximo de ocupantes. 

- Licencia turística autonómica (si tu comunidad la exige). 

- Otros documentos requeridos por tu CCAA (declaración responsable, etc.). Puedes consultar los requisitos específicos por comunidad en este mapa oficial

### 2. Accede a la plataforma oficial 

- Entra en la Sede Electrónica del Colegio de Registradores

- Identifícate con certificado digital o Cl@ve . 

- Rellena el formulario digital con los datos del alojamiento. 

### 3. Presenta la solicitud 

- Descarga el formulario cumplimentado en PDF. 

- Adjunta la documentación requerida. 

- Realiza la presentación telemática o presencial en el Registro de la Propiedad correspondiente. 

Actualmente, la tasa administrativa es de 27 € + IVA . 

### 4. Obtén tu número de registro 

- Si todo está correcto, el sistema asignará el NRA de forma automática e inmediata . 

- Este número será obligatorio para publicar tu alojamiento en plataformas digitales. 

## ¿Por qué es importante registrarse? 

- Cumples con la normativa estatal y europea. 

- Proteges tu actividad frente a sanciones. 

- Contribuyes a un mercado más justo, sostenible y transparente. 

- Ayudas a mejorar la planificación urbana y el acceso a la vivienda.

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Fecha de publicación 15/06/2025
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